El Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas, traspone al ordenamiento español la Directiva 2006/42/CE. Se publicó en el BOE nº 246 de 11 de octubre de 2008 y entró en vigor al día siguiente de su publicación. Su fundamento legal es el artículo 12.5 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
El RD 1644/2008 traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2006/42/CE, estableciendo las normas para la comercialización y puesta en servicio de máquinas en el mercado español, en coherencia con el marco europeo. Su base legal es la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que habilita al Gobierno para aprobar reglamentos de seguridad industrial como este.
El RD 1644/2008 se organiza en cinco capítulos, veintiún artículos, disposiciones adicionales, transitorias y finales, y un Anexo I con los requisitos esenciales de seguridad y salud (RESS):
| Aspecto | Directiva 2006/42/CE | RD 1644/2008 |
|---|---|---|
| Naturaleza | Norma europea, requiere transposición | Transposición española de la Directiva |
| Ámbito territorial | Toda la UE | España |
| Régimen sancionador | No lo define | Sí, Art. 18-21 (infracciones y sanciones) |
| Autoridad de vigilancia | No especifica una autoridad nacional | Vigilancia del mercado por autoridades españolas (Art. 4) |
| Base legal | Tratado de la UE | Ley 21/1992, de Industria (Art. 12.5) |
Estructura del RD 1644/2008 en 5 capítulos (21 artículos + Anexo I)
Objeto, definiciones y vigilancia del mercado
Condiciones, libre circulación y presunción de conformidad
Máquinas peligrosas y cláusula de salvaguardia
Cuasi máquinas, organismos notificados y marcado CE
Confidencialidad, cooperación e infracciones y sanciones
Aplica a todo fabricante, importador o representante autorizado que ponga máquinas en el mercado español, complementando el marco europeo con las particularidades procedimentales y sancionadoras del sistema legal nacional. El ámbito de productos incluye máquinas, equipos intercambiables, componentes de seguridad, accesorios de elevación, cadenas, cables y cinchas, dispositivos amovibles de transmisión mecánica y cuasi máquinas. El Real Decreto ha sido modificado posteriormente, entre otras normas, por el RD 494/2012, que amplió su ámbito para incluir los riesgos derivados de la aplicación de plaguicidas.
Es la referencia legal directa en España para la elaboración de expedientes técnicos de marcado CE y para entender las consecuencias prácticas de un incumplimiento normativo ante las autoridades de vigilancia del mercado. Aunque el Reglamento (UE) 2023/1230 sustituirá a la Directiva 2006/42/CE desde el 20 de enero de 2027, el RD1644 seguirá siendo la referencia aplicable hasta esa fecha, y previsiblemente será derogado o adaptado por una nueva norma española cuando el Reglamento entre en aplicación. tec.nicum lo aplica de forma directa en sus servicios de consultoría MCE Expediente técnico marcado CE y CERT Certificación RD1215."