La figura de la cuasi máquina se define legalmente en el artículo 2, letra g) de la Directiva 2006/42/CE (transpuesta en España por el Real Decreto 1644/2008) y se consolida en el artículo 3, apartado 2 del nuevo Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo. Se considera cuasi máquina a aquel conjunto que casi constituye una máquina, pero que no puede realizar por sí solo una aplicación determinada.
Un sistema de accionamiento independiente, un brazo robótico industrial comercializado sin útil final de prensado o un módulo transportador de rodillos sin unidad de mando lógica propia son ejemplos paradigmáticos de cuasi máquinas. Su destino exclusivo es ser incorporados o ensamblados con otras máquinas, equipos o cuasi máquinas para formar una máquina completa o una línea de fabricación integrada.
Dado que una cuasi máquina no posee una función terminada e independiente en su estado de entrega, el legislador europeo establece expresamente que está prohibido fijarle la placa de Marcado CE o emitir una Declaración UE de Conformidad para ella como elemento aislado.
Figura 1. Diferencias estructurales y documentales entre máquina completa y cuasi máquina según la normativa europea.
Para comercializar legalmente una cuasi máquina en el mercado europeo, el fabricante del subconjunto debe cumplir con tres obligaciones documentales y técnicas fundamentales:
Criterio tec.nicum: La Declaración de Incorporación debe incluir una declaración explícita en la que se indique qué RESS han sido cubiertos por el fabricante del subconjunto y cuáles quedan bajo la responsabilidad estricta del integrador final.
El nuevo Reglamento (UE) 2023/1230, de aplicación obligatoria e inmediata a partir del 20 de enero de 2027, introduce cambios sustanciales en el tratamiento de las cuasi máquinas que impactan a fabricantes e integradores:
Instrucciones de montaje digitales: Se permite el suministro de las instrucciones de montaje en formato digital (descarga web, código QR o soporte electrónico), siempre que se indique en la propia cuasi máquina o en la documentación de acompañamiento cómo acceder a ellas y se garantice su disponibilidad durante la vida útil estimada del equipo.
Evaluación de ciberseguridad e Inteligencia Artificial: Si la cuasi máquina incluye lógica programable, software de control de seguridad o componentes conectados a redes industriales, el fabricante debe evaluar las vulnerabilidades frente a corrupción malintencionada (ciberseguridad según RESS 1.1.9) para evitar comportamientos no previstos tras su integración.
Figura 2. Proceso de integración técnica y traspaso de responsabilidades desde el fabricante de la cuasi máquina hasta el integrador final.
Cuando una empresa adquiere una cuasi máquina para incorporarla a sus líneas de producción o cuando una ingeniería realiza la integración de varios módulos de distintos fabricantes, se produce un cambio de rol legal decisivo:
Quien ensambla una cuasi máquina con otros elementos para crear un conjunto funcional asume a efectos jurídicos la figura de fabricante de la máquina final. En este momento, el integrador debe:
Un error frecuente en plantas industriales consiste en poner en funcionamiento una cuasi máquina recibida directamente de un proveedor sin realizar el proceso de integración formal ni el marcado CE de la instalación completa. Desde la perspectiva de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) y del Real Decreto 1215/1997, este hecho constituye una infracción grave o muy grave por poner a disposición de los trabajadores un equipo de trabajo no conforme.
La ley establece con total claridad que la cuasi máquina no se podrá poner en servicio hasta que se haya declarado la conformidad de la máquina en la que vaya a ser incorporada con las disposiciones de la normativa europea aplicable.
En tec.nicum (división de servicios de ingeniería de seguridad del Grupo Schmersal), acompañamos a fabricantes e integradores en todo el ciclo de integración de cuasi máquinas:
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